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Created with Fabric.js 1.4.5 Expropiación agraria Recibidos los trabajos técnicosdel Registro, la Secretaríaprocederá a su revisión Artículo27 fracción VI, párrafo segundo, es competencia exclusiva del Poder Legislativo determinar la utilidad pública, es decir las causas que la identifican, y al Poder Ejecutivo, entiéndase la administración pública,hacer la respectiva declaración y proceder a efectuar materialmentela expropiación Recibida la solicitud, la Secretaría requerirá al Registro el historial del núcleo agrario elementosde laexpropiación Pasion porlo que haces Creado por @Curiosa Recibido el avalúo,la Secretaría dictaminará elexpediente utilidad publicaLos sujetos, expropiante y expropiado.El bien objeto de la expropiaciónLa indemnización a pagar Procedimiento expropiatorio,que comprende: a) La calificaciónlegislativa de las causas de utilidad pública;b) La intervenciónde la autoridad administrativa para llevar a cabo laexpropiación;c) El decreto de expropiación que se funda ymotiva en una causa de utilidad pública,el cual debe notificarse al expropiado, yd) La fijación del pago por la expropiación. la expropiaciónse tramitaen SEDATU Cuando los bienes expropiados se destinen a unfin distinto del señalado en el decreto respectivo, o si transcurrido unplazo de cinco años no se ha cumplido con la causa de utilidadpública, el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal ejercitarálas acciones necesarias para reclamar la reversión parcial o total La solicitud de expropiaciónde bienes ejidalesy comunales deber presentarse por escrito Nombre del núcleo agrario, Municipio y Entidad Federativaa la que pertenecen;II. Régimen de propiedad ejidal o comunal;III. Superficie analítica que se solicita expropiar;IV. Plano informativo de la superficie solicitada;V. Causa de utilidad pública invocada y destino que se pretendadar a la superficie;VI. Documentación que justifique la causa de utilidad pública;VII. Si existe ocupación previa del predio a expropiar, el convenio que al efecto se hubiere celebrado. De no existir éste,la descripción de los acuerdos sobre los cuales se pactó laocupación. En ambos casos, la descripción de las obrasrealizadas y superficie ocupada;VIII. En su caso, dictamen técnico o estudio de impacto ambiental,de las Secretarías de Desarrollo Social y de la de MedioAmbiente, Recursos Naturales y Pesca, según se trate.Además, cuando la promovente sea un particular, dictamende factibilidad de la autoridad competente, yIX. Compromiso de la promovente de pagar el avalúo y la indemnizaciónque se establezca, así como la constancia dela autorización presupuestal correspondiente. acto por el cual se privaa una persona de su propiedad
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