Infographic Template Galleries

Created with Fabric.js 1.4.5 II.- Sociedad en comandita simple Artículo 1o.- Esta Ley reconoce las siguientes especies de sociedades mercantiles: III.- Sociedad de responsabilidad limitada VI.- Sociedad cooperativa IV.- Sociedad anónima V.- Sociedad en comandita por acciones CAPITULO I LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES I.- Sociedad en nombre colectivo Los socios responden demodo subsidiario, solidarioe ilimitadamente de las obligaciones sociales.Razón social (si se sepa-rase el socio que dio su nombre para la razónsocial se añadirá la pala-bra "sucesores", también si la razón social seesta transfiriendo) y com-pañía.No establece mínimo de Capital social.Num. de socios: Min. 2 Max. Ilimitado La sociedad en comandita respecto a la responsabi-lidad de los socios se ca-racteriza por ser mixta enel sentido que este tipo de sociedad se conforma entresocios que son responsablesde manera solidaria e ilimi-tada, y socios que respondensolo hasta el monto de susrespectivos aportes, los so-cios que son responsables demanera solidaria e ilimitadase denominan socios gestoreso colectivos y los de responsa-bilidad hasta el monto de susaportes se llaman socios co-manditarios. Es la unión de uno o más Personas Naturales o Jurídicas, en que el ca-pital está dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no pueden ser incorporadas en títulos valores, ni denominarse ac-ciones.Los socios no pueden acceder de 20 y no responden personalmente por las obligaciones sociales.Capital SocialEstá integrado por las aportaciones de los socios. Al constituirse la so-ciedad el capital debe estar pagado en números del veinticinco por ci-ento de cada participación; y depo-sitado en cantidad bancaria o finan-ciera del Sistema Nacional financiero a nombre de la Sociedad Es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones.La denominación se formará libremente, pero será distinta de la de cualquiera otra sociedad y al emplearse irá siempre seguida de las palabras "Sociedad Anó-nima" o de su abreviatura "S.A.".Corresponde al grupo de las sociedades capitalistas. (interesa fundamentalmen-te la aportación que se hace para la for-mación de capital social)Ha llegado a divulgarse universalmente en la actualidad es sinónimo de empre-sa organizada para acometer importan-tes aspectos de la banca, del comercio en general y de la industria. Esta sociedad es la organización concreta del sistema cooperati-vo, que lleva en si el inicio de una transformación social encaminada a terminar con el lucro y elrégimen de asalariado, sin eliminar la liber-tad individual. Se definen en función del trabajo y no por las aportaciones de capital. Sociedad capitalista cuyo capital social está dividido en acciones, que se formará por las aportaci-ones de los socios, uno de los cu-ales, al menos, se encargará de la administración de la sociedad y responderá personalmente de las deudas sociales como socio colectivo, mientras que los soci-os comanditarios no tendrán esa responsabilidad. Entidad jurídica cuya existencia se distingue de la de su propietario. Sus titulares participan del capital social mediante acciones que les confi-eren derechos económicos y políticos. Las ac-ciones se diferencian entre sí según las potes-tades que confieren o por su valor nominal.Los propietarios encuentran participación dentro de la sociedad mediante un órgano de fiscalización y administración denominado junta general de accionistas.
Create Your Free Infographic!